El visado colegial es una de las garantías más importantes dentro de cualquier proyecto o construcción de viviendas de obra nueva. Amparado, regulado y legislado por el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, se trata de un acto de control sujeto al Derecho administrativo.
Tiene como finalidad comprobar, mediante profesionales colegiados, cómo es de adecuado un proyecto o trabajo en general, y de obra en particular, mediante la normativa legislativa vigente. Las premisas a controlar o comprobar por los arquitectos son la identidad y la habilitación del profesional que ha realizado el proyecto, así como la formalidad de la documentación presentada.
Características de un visado colegial
Atiende a las necesidades de cualquier profesional, ya sean entidades públicas y privadas, tanto clientes particulares, como empresas. Se trata de un servicio que los colegiados realizan en pro de la sociedad y de la normativa vigente.
Son objeto de visado los trabajos realizados, documentados y autorizados con la firma de un arquitecto. Pero, no los confeccionados por los profesionales funcionarios o adscritos a la Administración Pública. Esto se traduce en que sólo los proyectos u obras efectuadas o ejecutadas por arquitectos externos a cualquier ente público serán que requieren por ley un visado colegial.
El nivel de visado, es decir, el trabajo de comprobación no se realiza igual a todos los niveles. Las normas de los Colegiados establecen tres rangos o categorías según la tipología del proyecto u obra, o las necesidades al respecto.
- Básico. El objeto es comprobar la identidad y rehabilitación del autor del trabajo y la corrección e integridad formal de la documentación. Este acredita que el responsable ostenta una ingeniería o título homologado, reconocido y colegiado y que no se encuentra incapacitado legalmente para poder realizar dichas funciones.
- Estándar. Adicionalmente revisa la coherencia del documento. Mientras que, anteriormente sólo confirmaba que las premisas a rellenar e informes a entregar eran los correctos. En este segundo nivel va un paso más allá, se realiza un análisis exhaustivo de la redacción y elaboración para aumentar la calidad del mismo. Se revisa tanto los pliegos como el presupuesto, planos, precios o cualquier documento expedido.
- A medida. El trabajo de colegiado es acordado entre cliente y profesional.
En general, el visado colegiado es un acto que autentifica la veracidad del creador de la obra, controla el cumplimiento de la normativa en vigor y asegura a todos los niveles el proyecto. La confirmación por parte de un colegiado o el Colegio lleva aparejada la responsabilidad civil de su actuación.
La expedición puede tardar entre 24 horas, una semana o, incluso, un mes. Todo dependerá de la envergadura de la obra y las especificaciones de la misma. Lo mismo ocurre respecto al precio. El Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia, por ejemplo, en sus precios vigentes para todo el 2022, indica que para calcular el coste se tienen en cuenta tres variables: el coste unitario, coeficiente de registro y acreditación y los coeficientes variables.
Para un proyecto de edificación, el precio mínimo de documentos es de 17,85 euros. Para el telemático de proyectos de devolución el coste es a partir de 71,42 y, entre otros, el precio fijo para la emisión de certificados de colegiación y habilitación de 22,32 euros.
¿Cuándo es obligatorio un visado colegial?
Visar un proyecto es tan importante como obtener una licencia de un ayuntamiento. Aunque no sea una entidad pública quien expida o realice esta tarea, es una obligatoriedad en algunos de los trabajos realizados en el sector inmobiliario. La gran mayoría de las construcciones en las que es imprescindible uno de este tipo son obras mayores Donde, además, se debe de tener aprobada una licencia de estas características.
En las construcciones, modificaciones o instalaciones en las que se requiere de un colegiado son, según la ley:
- Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la arquitectónica del edificio o vivienda. Donde se produzca una variación de la composición interior o exterior, volumen, estructura o usos del edificio. Como la transformación de un local en vivienda, por ejemplo.
- La intervención en edificios, ya sean públicos o privados, protegidos medioambientalmente o catalogados como históricos-artísticos.
- Obras de construcción de viviendas de obra nueva. Excepto cuando se trate de modificaciones sencillas, ya sean eventuales o permanentes, y que se desarrollen en una sola planta.
- Para el certificado de final de obra.
- Para cualquier demolición de una vivienda o un edificio que no requieran del uso de explosivos.
- Para un proyecto de voladuras especiales, así como el traslado, modificación o construcción en una fábrica de explosivos.
- Proyectos de establecimiento de talleres de cartuchería y pirotécnica y de depósitos no integrados en ellos.
- De aprovechamiento de recursos mineros.
Aunque no sea exigible ni obligatorio, también se pueden expedir visados voluntarios amparados, igualmente, por la ley citada anteriormente. Se realizan bajo petición expresa de clientes, promotores o cualquier persona con la finalidad de comprobar el proyecto fehacientemente. El voluntario tiene la misma validez, proceso y comprobación que el ordinario.
Garantías del visado colegial
Por desgracia, no es muy común que, si no hay obligatoriedad legal de contar con un colegiado, se contrate a este tipo de profesionales. Puede que por ahorrar costes o por puro desconocimiento, pero lo cierto es que contar con la supervisión y confirmación de Colegio de Arquitectos otorga unos valores adicionales al proyecto. Tales como:
- Garantía de calidad del proyecto, gracias al proceso de verificación y detección de fallos.
- Para un posible problema legal y para la preservación de todos los proyectos, el Colegio conserva en un archivo interno una copia del mismo, al menos, durante 25 años.
- Dicha copia protege al autor de la propiedad intelectual del proyecto.
- Publicidad para el creador, si da el consentimiento al Colegio, para publicar e incorporar su trabajo a los archivos de dicho ente. Consultados por profesionales y expertos del sector y la materia.
- Seguro de Responsabilidad Civil. Lleva consigo la cobertura de todo el proyecto.
- Responsabilidad, en general. La legislación indica que “frente a daños derivados de un trabajo profesional que haya visado el Colegio… el Colegio responderá subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos… que guarden relación directa con los elementos que se han visado en el trabajo”.
- Calidad. La revisión total y exhaustiva constituye un trabajo con todas las garantías legales y formales.
- Digitalización. Gracias a los nuevos formatos y sistemas, puede encontrarse de forma electrónica para ser consultado de forma remota, así como compartir o firmar documentos.