La ocupación ilegal es uno de los principales problemas sociales en España. Según datos del Ministerio del Interior, las cifras de la toma ilícita y anticonstitucional de una vivienda ha aumentado un 50% hasta 2016 y un 20% en los últimos cuatro años. Son numerosas las noticias que copan periódicos y telediarios sobre propietarios que han visto destrozada su casa o que cuentan con inquilinos ilegales.
Los inmuebles de arrendamiento vacacional y las segundas residencias, son los principales objetivos de los ciudadanos que buscan apoderarse por el máximo tiempo posible de una propiedad que no es suya.
Legislación vigente sobre ocupación de viviendas
Los diferentes gobiernos españoles han ido modificando legislatura a legislatura la ley al respecto de la ocupación y los desahucios. A priori, no era un problema que afectara a una gran parte de la población, pero en la última década los datos han aumentado exponencialmente.
La legislación actual la define como “una ocupación no consentida ni tolerada, no es título de acceso a la posesión de una vivienda ni encuentra amparo constitucional a disfrutar de una vivienda digna”.
Actualmente, la Ley de Enjuiciamiento Civil es la encargada de prever en sus artículos los requisitos y características para demandar. En concreto, este texto indica que podrá realizarse un proceso jurídico por esta vía en los supuestos en los que la ocupación haya sido por personas sin relación previa con el propietario, ni se les ha permitido un uso de la casa. Es decir, no estaríamos hablando de inquilinos que dejan de pagar y no quieren abandonar el hogar o de arrendamientos vacacionales que se convierten en indefinidos.
La ocupación se entiende cuando existe una privación o un despojo de la propiedad. Pero, no incluye, el supuesto en el que la vivienda haya sido adquirida con conocimiento de dicha ocupación.
Estarán, en cualquier caso, legitimados a interponer cualquier tipo de acción legal la persona física que sea propietaria o poseedora legítima del inmueble. En el caso de ser poseedores de una casa social y esta haya sido ocupado, tanto las entidades sin ánimo de lucro o públicas propietarias, también, podrá realizar dicho trámite.
Cómo actuar frente a la ocupación de tu vivienda
Si no se conocen los términos legales y derechos frente a la ocupación, lo mejor será, dejarlo en manos de profesionales. Desalojar a unos inquilinos ilegales no es una tarea sencilla y, por desgracia, se trata de un largo proceso jurisdiccional. Aunque, todo depende de cuando se haya realizado y de la rápidez en la que se comunique a la policía. Actuar con inmediatez puede reducir el proceso de meses o años a tan sólo un par de días.
Cuando ha sido inminente, es decir, somos testigos del hecho o conocedores de que lo ocurrido sucedió entre 24 y 48 horas, es imprescindible acudir a las dependencias policiales para que ese tiempo no se demore. El objetivo es que no se considere como una ocupación ilegal, sino como un delito flagrante, que tendrá como resultado un desalojo urgente del inmueble.
Después de ese periodo de tiempo, cualquier cuerpo de seguridad del Estado no puede actuar sin una orden judicial. En estos casos, sólo quedan dos vías para desalojar legalmente a las personas denominadas ‘okupas’:
- Mediante una demanda civil, que solicite la posesión ilicita de los inquilinos sobre una propiedad ajena, pidiendo el desahucio para recuperar dicha vivienda.
- A través de una denuncia en la comisaria o el juzgado de guardia. Es recomendable presentar a las autoridades la información necesaria para comprobar la propiedad de la vivienda ocupada, tales como un recibo de suministros o las escrituras, por ejemplo. La finalidad de este proceso judicial también es el desalojo y medidas cautelares para que el delito no se vuelva a producir.
En el caso de que se trate de una casa arrendada, la denuncia o demanda puede interponerla tanto el inquilino como el propietario. Este será el perjudicado por ser el poseedor de la misma, y los arrendatarios las víctimas del delito. Como daños morales, estos, pueden solicitar entre 2.000 a 3.000 euros de indemnización, ya que el coste de los desperfectos o de cualquier cuantia que se indique en la sentencia, será recibido por el dueño de la propiedad.
Para los propietarios de pisos alquilados, es muy importante para una futura reclamación de daños contar con imágenes o vídeos que demuestre el estado del hogar previamente a la ocupación.
Cómo prevenir que ocupen tu vivienda
Las incesantes crisis económicas y los problemas sociales han traído consigo un aumento exponencial de este suceso a nivel nacional. Lo más importante de todo es que, cuando esto ocurra, ponerse en manos de profesionales para evitar males mayores o incurrir en actos contrarios a la ley. Para evitar al máximo que esto suceda, ya sea en la casa habitual o en la segunda residencia, es aconsejable seguir algunos tips como:
- Instalación de alarmas. Los sistemas de seguridad actuales se comunican inmediatamente con la policía y, la empresa contratante, ve en todo momento lo que está sucediendo mediante las cámaras de seguridad. Se trata de una medida disuasoria cada vez más implantada y de serie en algunos de los últimos inmuebles de obra nueva construidos.
- Puertas reforzadas. Ya no basta con tener doble cerradura o con cerrojos antirrobo, las nuevas bandas y dispositivos electrónicos y mecánicos abren las puertas en menos de 5 minutos. Son puertas especiales de acero que están especialmente diseñadas para evitar la ocupación de la vivienda.
- Tambien es imprescindible tener buenos cierres en las ventanas.
- Evitar tener copias de las llaves en lugares de fácil acceso, como el buzón, felpudo, la oficina o en alguna planta.
- No dar pistas del paradero actual de cualquier habitante de la casa. No subir a redes sociales de forma inmediata fotografías durante las vacaciones, comidas fuera o fines de semana en el extranjero.
- Aunque no siempre es posible, contar con vecinos que puedan regar las plantas, abrir las persianas o controlar el estado del hogar. O familiares y personas de confianza que recojan el correo del buzón y vigilen si han colgado algun señuelo para conocer si hay alguien en casa, tales como hilos de silicona papeles en la puerta o cualquier marca sospechosa.
- En caso contrario, las propiedades inteligentes y los sistemas de domótica, también, pueden ayudar a auyentar a los posibles ocupas. Encender y apagar las luces de vez en cuando, la televisión o las persianas. Una forma de mostrar actividad en el interior de forma remota.
- Si vas a vender o alquilar, evita colgar carteles en la exterior de la misma.